Cómo leer una factura de luz

¡Llegó la factura de la luz! Cuando llega la factura de la cooperativa, reaccionamos de diversas maneras: a veces miramos rápidamente los totales de cada servicio, otras la dejamos un rato sobre la mesa para analizarla más detenidamente, o en ocasiones cerramos los ojos y la vamos a pagar. En realidad, con la "factura de la luz" recibimos también la factura de varios servicios: agua de red y envasada, internet, televisión por cable, servicios sociales, teléfono, etc.

Entonces, qué pagamos en una factura de energía? Además de los Kw/h leídos en nuestro medidor, pagamos otros conceptos que integran el detalle de facturación. La factura también muestra los impuestos facturados, tales como Ordenanzas Municipales, Leyes Provinciales, Leyes Nacionales e IVA. Esto determina el total facturado a pagar:

  • Cargo fijo: importe determinado por el organismo de control (OCEBA) dependiendo de la tarifa.
  • Cargo adicional Programa Uso Racional de Energía: bonificación o penalización de acuerdo al uso racional.
  • Inc. del costo mayorista: reajuste del subsidio del Estado Nacional, que depende la tarifa y del consumo (OCEBA)
  • Res. Mi. Nº206/13 monto fijo obras infraestructura: importe determinado por el OCEBA, dependiendo la tarifa y el consumo. La totalidad de los fondos recaudados serán destinados a obras de infraestructura eléctrica y/o mantenimiento. El OCEBA es el organismo encargado de controlar estas obras.
  • Energía con subsidio
  • Energía sin subsidio
  • Subsidio Estado Nacional
  • Ley 7.290 – Ley Provincial “Fondo de Desarrollo Eléctrico” con una alícuota del 10% (Ministerio de Infraestructura)
  • Ley 9.038 – Ley Provincial “Fondo Especial Grandes Obras Eléctricas” con una alícuota del 5,5% (Ministerio de Infraestructura)
  • Ley 11.769 bis – Ley Provincial, la alícuota del 0,6% se destina a rentas generales.
  • Ley 11.769 ter – Ley Municipal
  • Tasa de alumbrado público – Ley Municipal
  • Fondo Compensador – Ley Provincial, con una alícuota del 6% o del 3% según tarifa OCEBA.
  • Ley 23.681 – Ley Nacional, alícuota del 0,6% (Ministerio de Infraestructura)
  • Decreto Nº626/12: monto fijo destinado a obras de infraestructura que la cooperativa crea necesarias.
  • Aporte Capital Social: aporte realizado por el usuario de acuerdo al consumo (Cooperativa)
  • Fondo Solidario: importe fijo determinado por la Asamblea.

Conclusión: de los $314,09 que figuran en la factura de ejemplo, quedan en la Cooperativa:
$6,50 por cargo fijo
+ $24,20 por Res.Mi. Nº206/13
+ $179,65 energía con subsidio por los Kw/h consumidos
+ $10,00 del decreto Nº626/12.
Total: $220,35.-

Con este ingreso la cooperativa debe pagar la factura a EDEN, los sueldos de los empleados, el mantenimiento del servicio de energía, etc. Todo lo demás que pagamos es girado inmediatamente a los respectivos organismos... Para pensarlo, no?

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